Conforme al DECRETO 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al Carrer). | ||||||||||||
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Art 23 DECRETO 24/2007.- “La anchura entre barrotes deberá ser conocida por participantes y espectadores por medio de carteles colocados en el lugar o lugares de celebración del festejo”.
DECRETO 120/2010, Art 26.2: “El travesaño inferior estará, a su vez, a una altura máxima de 10 cm a partir del nivel del terreno, salvo que la orografía del mismo o la disponibilidad estructural de aquellas (se refiere a las barreras verticales) lo impidiere de modo motivado.” DECRETO 120/2010, Art 26.4: “La estructura no presentará elementos con signos de desperfectos, tales como abolladuras o corrosión, siendo sustituidos en su caso.” DECRETO 120/2010, Art 26.5: “Las barreras verticales que adopten forma de paralelepípedo, deberán tener una profundidad suficiente respecto de la puerta de la vivienda o pared en la que se ubique a los efectos de prevención”. DECRETO 120/2010, Art 26.7: “Las barreras verticales que se sitúen en el umbral de una puerta o alineadas o enrasadas a la fachada deberán colocar, al objeto de prevenir incidencias, un elemento indicativo o de señalización para el caso en que queden ciegas”. |